¿Qué ley se encarga de regular los pagos justos en el lugar de trabajo?
La ley federal que regula los pagos justos en el lugar de trabajo es la Ley de Normas Laborales Justas (“FLSA” abreviación en inglés). La FLSA protege a los empleados de los empleadores que violan las leyes relativas a las horas extras y al salario mínimo. Nueva York y otros muchos Estados cuentan también con leyes relativas a las horas extras y al salario mínimo. En general, siempre que las leyes federales y las estatales sobre salarios tengan diferentes requerimientos, los empleadores deben cumplir con las leyes que sean más favorables a los empleados.
¿Qué es el salario mínimo?
Hoy día el salario mínimo is $13.00 por hora en Nueva York, el cual es por encima del salario mínimo federal de $ 7.25 por hora. Cada Estado puede establecer su propio salario mínimo, pero siempre debe ser igual o más alto que el salario mínimo federal.
¿Qué son las horas extras?
En general, los empleados han de recibir su salario en horas multiplicado por 1.5 por cada hora extra trabajada en una semana de cuarenta (40) horas. En muchos casos, los empleadores que pagan las horas extras no remuneran todas las horas trabajadas. Incluso si está recibiendo dinero por sus horas extras, puede ser que tenga derecho a más dinero.
¿Estoy “exento” de los pagos por horas extras?
Depende de las tareas que realice como parte de su trabajo. Los trabajos con requisitos limitados están “exentos” de salario mínimo y horas extras. Las exenciones a la normativa están basadas en las funciones de cada trabajo y ciertas exigencias relativas al salario, y no en el cargo ostentado. Las exenciones más comunes que se aplican a la FSLA suelen denominarse exenciones de “cuello blanco” para ciertos administradores, ejecutivos y profesionales. Consulte con uno de nuestros abogados especializados en horas extras para descubrir si es un empleado “exento”.
¿Cuánto puedo recuperar si interpongo una demanda?
Le ley le permite recuperar la remuneración mínima y por horas extras que le hubieran correspondido dentro de ciertos períodos de tiempo. En muchos casos, podría llegar a recuperar el doble de lo que se le debe. Si gana la demanda, se le abonarán los honorarios y los gastos del abogado.
¿Podría mi empleador despedirme si interpongo una demanda o presento una queja relativa a las horas extras o a los salarios mínimos?
No. Las represalias contra los empleados por su participación en una demanda judicial o en un procedimiento administrativo bajo la FLSA van en contra de la ley. Un empleador no puede despedir o tomar represalias contra un empleado que interponga una demanda por impago de salarios. Si un empleador “boicotea” o degrada a un empleado que haya interpuesto una demanda contra él, reduce su horario, turno o tareas, o entrega evaluaciones falsas sobre su pobre rendimiento, estará violando la ley.
¿Qué ocurre si he firmado un contrato o he acordado trabajar horas extras sin sueldo?
Ningún empleado puede renunciar a su derecho a un pago por horas extras. Independientemente de los términos de su empleo o los acuerdos que haya firmado, su empleado está obligado a pagar las horas extras si no está exento bajo la FLSA.
¿Las horas extras han de ser aprobadas por un supervisor?
No. El que un empleador no haya aprobado las horas extras no evitará que el empleado recupere lo que se le debe por las horas trabajadas.
¿Qué pasa si no cuento con registros de mis horas de trabajo?
El empleador es quien tiene que contar con registros precisos de las horas trabajadas por sus empleados. Los juzgados generalmente permiten que un empleado estime de forma realista y razonable el número de horas trabajadas.
No soy ciudadano de los Estados Unidos, ¿puedo aún así recuperar el dinero que se me debe por horas extras?
Sí. La ley contempla el pago de cualquier persona que haya trabajado horas extra independientemente de su ciudadanía.
Si recibo propinas, ¿tengo aún derecho a recibir los salarios no pagados y los pagos por horas extras?
Sí. Si normalmente recibe propinas de los clientes, su empleador podría deducir una cantidad limitada de dinero – llamada “crédito por propinas” – del sueldo mínimo que de otra forma le pagaría. Sin embargo, el Departamento de Trabajo ha desarrollado normativas estrictas sobre los casos en los que un empleador podrá reclamar un crédito. Si el empleador no sigue estas normas, el “crédito por propinas” es inválido y el empleador tendrá que pagar al empleado el salario mínimo independientemente de las propinas que éste reciba. Además, el empleado tiene derecho a recibir pagos por horas extras si ha trabajado más de cuarenta (40) horas por semana.
¿Hasta dónde se remontan los salarios justos y pagos por horas extras que puedo recuperar?
La ley generalmente permite a un empleado reclamar el dinero que se le debe desde dos (2) años atrás desde el momento en que la reclamación queda registrada en el juzgado. En ciertas instancias en los que el Juzgado determine que el empleado era consciente de que estaba violando la ley, el juzgado podría extender este periodo a tres (3) años o incluso más. Además, en algunos casos los empleadores tendrán que pagar hasta el doble del dinero debido y los honorarios del abogado. Si piensa que se le debe dinero por horas extras, es importante que hable con un abogado especializado en el área lo antes posible. Si no lo hace, su reclamación podría prescribir por el paso del tiempo.
¿Cómo puedo ponerme en contacto con un abogado de Cilenti & Cooper, PLLC?
Puede cumplimentar un pequeño cuestionario, enviarnos un correo electrónico a INFO@JCPCLAW.COM, o llamarnos al (212) 209-3933 .
¿Cuesta algo hablar con un abogado de Cilenti & Cooper, PLLC?
No. Nuestra consulta inicial es gratuita. Si llegamos a un acuerdo relativo a la representación, se incorporará la tarifa acordada en un contrato escrito. En la mayoría de los casos representamos a clientes en base a honorarios condicionales, lo que significa que si no logramos recuperar el dinero que se le debe, no tendrá que pagarnos nada. Si recuperamos el dinero que se le debe, sin embargo, recibiremos un porcentaje del total recuperado. Por lo tanto, independientemente del resultado, usted no paga nada.